La Sala de Lo Social del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia favorable en la que se unifica la doctrina existente hasta el momento en cuanto al disfrute de las vacaciones anuales retribuidas cuando el trabajador se encuentre en situación de Incapacidad Temporal.
La sentencia establece que el trabajador tiene derecho a disfrutar las vacaciones en el periodo posterior al establecido en el calendario laboral pactado si previamente a las fechas asignadas iniciase una situación de incapacidad temporal. Con esta sentencia el Tribunal Supremo establece que las vacaciones se pueden disfrutar después del periodo de baja independientemente de que las fechas establecidas para su disfrute hayan vencido.
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